[nivo effect=”sliceDownLeft” directionNav=”button” ]
[image]https://noticias.eudel.eus/wp-content/uploads/2012/12/estabilidad1.jpg[/image]
[image]https://noticias.eudel.eus/wp-content/uploads/2012/12/estabilidad2.jpg[/image]
[/nivo]
El lunes 3 de diciembre, se celebró en Bilbao una Jornada informativa sobre las implicaciones para las Entidades Locales de Bizkaia ante la entrada en vigor de la nueva Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. La sesión estuvo organizada de manera conjunta por EUDEL, la Diputación Foral de Bizkaia y el IVAP, y a la misma asistieron cerca de 150 responsables políticos y técnicos de ayuntamientos bizkainos.
Los presupuestos municipales para 2013 son los primeros en ser elaborados dentro del nuevo marco normativo establecido por la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Las Entidades Locales vamos a tener nuevas e importantes obligaciones y a tener que familiarizarnos con nuevos conceptos como Equilibrio o superávit presupuestario, Límite del ratio de deuda pública sobre el PIB o Regla de gasto.
Aspectos a destacar de la LO 2/2012 (Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera):
- La normativa de Estabilidad Presupuestaria es novedosa respecto al endeudamiento de las entidades locales, al regular por primera vez la fijación de unos objetivos de deuda en relación al Producto Interior Bruto.
- La Regla de gasto dice que la variación interanual de los presupuestos, no podrá ser superior a una tasa de crecimiento establecida (por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas).
- Se establecen medidas correctivas en caso de incumplimiento del objetivo de Estabilidad Presupuestaria o de la regla de gasto, en cuyo caso los Ayuntamientos deben poner en marcha una serie de medidas que corrijan la situación de desequilibrio.
- Destino del remanente de Tesorería. Tan solo se puede disponer del remanente de tesorería para la amortización de deuda.
- Instrumentación del principio de transparencia. Se generan nuevas obligaciones de suministro de información para los Ayuntamientos, deberán remitir información adicional a la que ya están obligados. Como ejemplo: la remisión de las líneas generales del presupuesto antes del 1 de octubre de cada año, o las liquidaciones trimestrales de de los presupuestos de ingresos y gastos.